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Academia / Etapa 2 · Simula

Límites y plazo de aplicación

Cuánta cuota puede absorber la deducción cada año y durante cuánto tiempo puede aplicarse lo que no cabe.

Objetivo Podrás estimar cuánta deducción cabe en la cuota de un año y hasta cuándo se puede aplicar la que no cabe.

Lección
12 de 16
Nivel
Intermedio
Tiempo
4 min

ConceptosLímite sobre la cuotaLímite elevadoArrastre

Generar una deducción no significa aplicarla en el mismo ejercicio. El art. 39.1 limita las deducciones al 25 % de la cuota íntegra (minorada en las deducciones por doble imposición y en las bonificaciones).

Ese límite sube al 50 % cuando las deducciones de los arts. 35 y 36 que corresponden a gastos e inversiones del propio período superan el 10 % de esa cuota.

Lo que no cabe, se arrastra

Lo no deducido puede aplicarse en las liquidaciones de los períodos que concluyan en los 18 años inmediatos y sucesivos.

Para quien no tiene cuota suficiente, la ley ofrece otra salida: cobrar la deducción (ver Monetización de la deducción).

Tarjetas

  • Límite sobre la cuota — Las deducciones se aplican hasta el 25 % de la cuota íntegra, minorada en las deducciones por doble imposición y en las bonificaciones (art. 39.1).
  • Límite elevado — El límite sube al 50 % cuando las deducciones de los arts. 35 y 36 que corresponden a gastos e inversiones del propio período superan el 10 % de esa cuota.
  • Arrastre de la deducción — Lo no deducido puede aplicarse en las liquidaciones de los períodos que concluyan en los 18 años inmediatos y sucesivos.

Las tarjetas de todas las lecciones forman el glosario de la Academia.

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1. ¿Cuál es el límite general de las deducciones sobre la cuota?
La respuesta y su porqué

a) 25 %. El 25 % de la cuota íntegra minorada; el 50 % es el límite elevado.

Fuente: Art. 39.1 LIS.

2. ¿Cuándo sube el límite al 50 %?
La respuesta y su porqué

a) Cuando las deducciones de los arts. 35 y 36 del propio período superan el 10 % de la cuota. Es la condición que fija el art. 39.1.

Fuente: Art. 39.1 LIS.

3. ¿Durante cuánto tiempo puede aplicarse lo que no cupo?
La respuesta y su porqué

c) 18 años. En los períodos que concluyan en los 18 años inmediatos y sucesivos.

Fuente: Art. 39.1 LIS.

Fuentes

  1. Art. 39.1 LIS · verificada el 17 de octubre de 2026

Fuente más antigua verificada el 17 de octubre de 2026. Divulgación, no asesoramiento sobre un caso concreto.