El Supremo estudiará si el informe vincula también en la base bajo la ley de 2014
Admitida una casación para decidir si los informes motivados de tipos a) y c) vinculan, con la Ley 27/2014, también en el importe de los gastos e inversiones de la base.
Leer en la fuente oficial (CENDOJ)
Qué dice. La Sección de Admisión del Supremo admite un recurso contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y declara de interés casacional determinar si los informes motivados de tipos a) y c) del RD 1432/2003 tienen carácter vinculante para la Administración tributaria no solo en la calificación de la actividad, sino también en la determinación del importe de los gastos e inversiones de la base del art. 35 de la Ley 27/2014.
Por qué importa. Es la pregunta que dejaron abierta las sentencias de 2024, resueltas con el TRLIS. Hasta que haya sentencia, el criterio administrativo vigente es el del TEAC: con la ley actual, el informe vincula solo en la calificación. Un auto de admisión no resuelve nada; anuncia lo que se va a resolver.